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lunes, 1 de diciembre de 2014

CANOSOS: Nuevas sentencias

DE LOS CANOSOS: 
Nueva sentencia contra recortes del 2012

En el Ayuntamiento de Palencia, en estos días hemos celebrado el primer juicio por reclamación de los canosos (días por antigüedad);  que aquel maldito verano del 2012, el Sr. Rajoy nos recortó junto a muchos otros derechos. En breve esperamos y confiamos en  poder contar con una sentencia favorable. 
Hoy, recordamos la sentencia del Juzgado número 6 de Bilbao que reconocía el derecho a favor de los Agentes de la Ertzaintza y tenemos también un nuevo tirón de oreja y varapalo judicial de la propia magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Bilbao, Ana María Martínez Navas, que ha puesto en un serio compromiso al Gobierno Vasco al reconocer, en este caso el derecho a los funcionarios del Servicio Vasco de Empleo y reconoce los días de antigüedad que el Gobierno del PP suprimió en su Real Decreto por el que recortaba derechos laborales que ahora los tribunales comienzan a restituir.
En esta ocasión, los trabajadores afectados son de Lanbide (Servicio Vasco de Empleo) y el recurso fue interpuesto por 44 trabajadores del denominado Inem vasco, entre otros, por varios delegados de UGT-Euskadi. Los empleados públicos exigían la nulidad de la resolución del viceconsejero de Función Pública, Andrés Zearreta, en la que se rechazaba el reconocimiento de sus plazas profesionales, destinos, puestos y antigüedad "con identificación expresa de sus funciones, niveles y grupos", y en la que no se respetaba, según los demandantes, las condiciones fijadas en el decreto por el que fueron transferidos al País Vasco el 5 de noviembre de 2010. Además, exigían el reconocimiento de los días de vacaciones. Como expresaba la jueza en su sentencia, "solicitan que cobren lo mismo aquellos que realizan las mismas funciones".
Los trabajadores denunciaban en su recurso que se estaba produciendo una "situación de agravio comparativo entre los trabajadores transferidos" del Inem y los provenientes de Egailan y con trabajadores laborales. La jueza llega a tildar de "grotesca" la situación de retraso en la elaboración de la RPT en Lanbide, que a la fecha de la sentencia, 12 de mayo de este año, era de dos años y tres meses. "Dicho retraso podría dar lugar a responsabilidades patrimoniales a cargo de la Administración y a favor de aquellos a quienes el retraso hubiere producido un perjuicio efectivo y cuantificable económicamente", apunta la magistrada Martínez Navas en su sentencia.
"La Administración", añade, "no puede valerse de su protesta de autoorganización para diferir a una fecha indeterminada en el futuro una obligación que nace de la ley, cual era la de elaborar y aprobar la RPT antes del 11 de marzo de 2012. Tanto los sindicatos como el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP) han denunciado esta situación irregular en Lanbide.
Pero el núcleo de la sentencia se refiere al acuerdo cerrado entre sindicatos y el Gobierno el 21 de enero de 2011, que los recurrentes entendían los responsables de Lanbide no habían respetado. Y entre ellos, están incluidas las vacaciones adicionales de las que disfrutaban en concepto de antigüedad, en la jerga laboral los 'canosos'. Justo los días que fueron arrebatados a todos los empleados públicos en virtud del Real Decreto de recortes de Rajoy de 15 de julio de 2012.

"Los días de antigüedad son vacaciones"

La magistrada considera en su sentencia que dicho decreto "no puede afectar a aquellos trabajadores que, habiendo cumplido los 15 años de servicio o más, hubieren causado derecho a disfrutar de los días adicionales de vacaciones que les correspondieren". Es decir, que al personal funcionario, estatutario o laboral le corresponde los días reconocidos hasta el 2012 conforme a la norma vigente hasta la entrada en vigor del Real Decreto de recortes de Rajoy. Es definitiva, la retroactividad de la norma es imposible, según la juez.
Y como ya hiciera en la sentencia de los ertzainas -que finalmente afectará a unos 1.200 agentes de la policía vasca y de la que se pueden acabar beneficiando en total 41.000 empleados públicos vascos-, la magistrada reitera que "tales días adicionales [por antigüedad] participan de la naturaleza propia de las vacaciones, es decir, los días de antigüedad son vacaciones", zanja. 
La jueza invoca para sostener su resolución judicial una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de junio de 2012 que dejó claro que "el derecho a disfrutar de unas vacaciones anuales retribuidas es una principio del Derecho Social de la Unión Europea de especial importancia, respecto al cual no pueden establecerse excepciones". Y ese beneficio está incluido entre los "derechos fundamentales de la Carta de la Unión Europea y por ello el derecho a vacaciones no puede ser interpretado de manera restrictiva".
Los errores cometidos por el Gobierno de la Nación revestidos de legalidad a través del Real Decreto (popularmente el llamado Decretazo) de 13 de julio de 2012 en el que se disponían medidas de recorte para garantizar "la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad", en relación a la pérdida de derechos adquiridos "sagrados" y conquistados a lo largo de más de treinta años en el ámbito de la función pública, está asistiendo continuamente a la desautorización de los recortes por vía judicial.

En primer lugar han sido numerosos los Tribunales de Justicia que han fallado favorablemente a los intereses de los trabajadores a que se haga efectiva la devolución de la parte proporcional de la paga extraordinaria de navidad de 2012 (concretamente 44 días que ya se habían devengado a la fecha de publicación del citado "Decretazo"). 

El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, el Sr. Montoro, tras comprobar que la medida de recorte en los días de libre disposición (moscosos y canosos) no conllevó el ahorro que se esperaba y si un malestar generalizado ha venido a resarcirse de su error con la devolución de los mismos, pero eso sí a cuentagotas y en el ánimo de que nos está regalando algo.

Ahora le toca el turno a los días de antigüedad que nos quitó Rajoy y que se disfrutaban en un número de días dependiendo de la cantidad de años de servicios de cada empleado. En nuestro Convenio Colectivo quedaba claramente reflejada la fórmula mediante la cual venían adquiriéndose el derecho al cúmulo de esos días, si recordáis "un día más por cada trienio cumplido y hasta un máximo de......"

La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Adminstrativo número 6 de Bilbao ha fallado en contra del Ejecutivo vasco en el litigio que mantenía abierto en la Ertzainza, y que también tienen abierto otros sectores de la Administración vasca, en relación a los días de antigüedad.

La jueza, que apunta que esos días de vacaciones "participan de la naturaleza propia del derecho al descanso", invoca jurisprudencia europea y del Supremo para apoyar su interpretación. 


La magistrada sostiene que al igual que el devengo de los 44 días de la paga extraordinaria de navidad se consolidó como un derecho económico  adquirido, el derecho a un mayor tiempo de descanso nace de la misma causa, es decir, del trabajo realizado a lo largo de un tiempo determinado. Esta magistrada no alberga dudas sobre que el permiso de días de antigüedad tiene la naturaleza de vacaciones generadas a lo largo de los años de servicio y que por ello el "decretazo de Rajoy" no que puede afectar a los días de antigüedad que el trabajador hubiera adquirido en su carrera administrativa hasta la entrada en vigor del mimo porque ello supondría una retroactividad propia o de grado máximo prohibida por el artículo 9.3. de la Constitución.

No obstante y desde nuestra Sección Sindical seguiremos luchando por este tema, tanto para laborales como funcionarios; valoraremos junto con los compañeros de la FSP de Palencia, la posibilidad de iniciar procesos judiciales

a fin de que se nos restituya este derecho en el menor plazo de tiempo posible, o por medio de la compleja negociación con quien no quiere entender, o con quien obedece la voz de su amo "a ciegas" para recuperar en el menor tiempo posible y reconocer este derecho.